Sobre los procedimientos para resolver las cuestiones relacionadas con la secesión de las Repúblicas de la Unión de la URSS

3 de abril de 1990

Artículo 1 El procedimiento para resolver las cuestiones relacionadas con la secesión de una república de la Unión de la URSS de conformidad con el artículo 72 de la Constitución de la URSS.

Artículo 2. La decisión sobre la secesión de una república de la Unión de la URSS se toma por la libre expresión de la voluntad del pueblo de la república de la Unión mediante un referéndum (votación popular). La decisión sobre la celebración de un referéndum la toma Soviet Supremo de la república de la Unión por iniciativa propia o a petición de una petición firmada por una décima parte de los ciudadanos de la URSS que residen permanentemente en el territorio de la república y tienen derecho a voto según la legislación de la URSS.

El referéndum se celebra según el procedimiento definido por la ley de la URSS sobre la Unión o la ley de la república autónoma sobre referendos, siempre que sus disposiciones no se opongan a la presente ley.

El referéndum se celebra mediante votación secreta no antes de seis ni después de nueve meses después de la adopción de la decisión de plantear la cuestión de la secesión de la república de la URSS.

Los ciudadanos de la URSS que residan permanentemente en el territorio de la república en el momento cuando se plantee la cuestión de la secesión de la URSS y posean el derecho participarán en el referéndum de acuerdo con la legislación de la URSS.

Durante la celebración del referéndum no se permite hacer campaña alguna sobre la cuestión sometida a referéndum.

Artículo 3. En una república de la Unión, que incluye en su estructura repúblicas autónomas, oblasts autónomas u okrugs autónomos, el referéndum se celebra por separado para cada formación autónoma. Los pueblos de las repúblicas autónomas y de las formaciones autónomas conservan el derecho a decidir independientemente la cuestión de permanecer dentro de la URSS o dentro de la república de la Unión que se separa, y también a plantear la cuestión de su propio estatuto jurídico-estatal.

En una república de la Unión en cuyo territorio haya lugares densamente poblados por grupos étnicos que constituyan la mayoría de la población de la localidad en cuestión, los resultados de la votación en estas localidades se registran por separado cuando se determinan los resultados del referéndum.

Artículo 4. Con el fin de organizar un referéndum sobre la secesión de la URSS, determinar la fecha del referéndum y resumir sus resultados, el Soviet Supremo de la República de la Unión forma una comisión que incluye a representantes de todas las partes interesadas, incluidas las mencionadas en las partes 1 y 2 del artículo 3 de la presente ley.

Artículo 5. Con el fin de garantizar la plena libertad en la expresión de la voluntad de los pueblos de la república de la Unión en la preparación, celebración y determinación de los resultados del referéndum sobre la secesión de la URSS, el Soviet Supremo de la URSS, en coordinación con el Soviet Supremo de la república de la Unión, decide la cuestión de la presencia, en calidad de observadores en el territorio de la república, de representantes plenipotenciarios de la URSS, de las repúblicas de la Unión y autónomas y de las formaciones autónomas. El Soviet Supremo de la URSS puede, si lo considera necesario, invitar a representantes de la ONU al territorio de la república mientras duren los comicios.

Artículo 6. La decisión sobre la secesión de la república de la Unión de la URSS se considera adoptada por medio del referéndum si al menos dos tercios de los ciudadanos de la URSS que residan permanentemente en el territorio de la república en el momento en que se plantee la cuestión de la secesión de la URSS y que posean el derecho de voto de acuerdo con la legislación de la URSS voten a favor de la misma.

Los resultados del referéndum son examinados por el Soviet Supremo de la república de la Unión. En una república de la Unión que incluya en su estructura repúblicas autónomas, oblasts autónomos, okrugs autónomos o lugares densamente poblados por los grupos étnicos mencionados en el artículo 3 de la presente ley, los resultados del referéndum son examinados por el Soviet Supremo de la república de la Unión junto con el Soviet Supremo de la república autónoma y los Soviets de Diputados del Pueblo Populares.

Artículo 7. El Soviet Supremo de la república de la Unión somete los resultados del referéndum al Soviet Supremo de la URSS. El Soviet Supremo de una república de la Unión que posea dentro de su estructura de repúblicas autónomas, formaciones autónomas o lugares densamente poblados por los grupos étnicos mencionados en la parte 2 del artículo 3 de la presente ley presenta al Soviet Supremo de la URSS los resultados del referéndum para cada república autónoma y para cada formación autónoma o lugar densamente poblado por grupos étnicos junto con las conclusiones y propuestas de los órganos pertinentes del poder estatal.

Si se establece que el referéndum se llevó a cabo de conformidad con la ley, el Soviet Supremo de la URSS somete las preguntas al examen del Congreso de los Diputados del Pueblo de la URSS.

En caso de violación de la ley en la celebración del referéndum, el Soviet Supremo de la URSS programa en un plazo de tres meses la repetición del referéndum para la república, o para una parte de la república, o para la formación autónoma, o para el lugar densamente poblado por los grupos étnicos mencionados en la parte 2 del artículo 3 de la presente ley.

Artículo 8. En el plazo de un mes el Soviet Supremo de la URSS envía los resultados del Referéndum sobre la secesión de las repúblicas de la Unión de la URSS y las propuestas recibidas de las partes interesadas a los órganos supremos del poder estatal de todas las repúblicas de la Unión y autónomas y también a los órganos del poder estatal de las formaciones autónomas para el estudio y evaluación de las consecuencias que se derivan para cada república de la Unión y autónoma y formación autónoma del hecho de la posible secesión de la república de la Unión en cuestión de la URSS.

Artículo 9. El Congreso de los Diputados del Pueblo de la URSS examina los resultados del referéndum en la república de la Unión sobre la cuestión de la secesión de la URSS, así como las opiniones de los órganos supremos del poder estatal de las repúblicas de la Unión y autónomas y de los órganos del poder estatal de los oblasts y okrugs autónomos sobre este asunto. A propuesta del Soviet Supremo de la URSS, coordinado con el Soviet Supremo de la república s, el Congreso de los Diputados del Pueblo de la URSS establece un período transitorio no superior a cinco años dentro del cual deben resolverse las cuestiones que surjan en relación con la secesión de la república de la URSS. La Constitución de la URSS y las leyes de la URSS mantienen su vigencia en el territorio de la república separada durante el período transitorio.

Artículo 10. En caso de que un referéndum no dé lugar a la adopción de una decisión sobre la secesión de la república de la Unión de la URSS, podrá celebrarse un nuevo referéndum sobre la cuestión en un plazo no inferior a diez años desde la celebración del referéndum anterior.

Artículo 11. Con el fin de salvaguardar los derechos e intereses de la URSS, de la república separada de la Unión y de otras repúblicas de la Unión, así como de las repúblicas autónomas, las formaciones autónomas y los grupos étnicos mencionados en la parte 2 del artículo 3 de la presente ley en relación con la resolución de las cuestiones que surjan en el contexto de la secesión de una república de la URSS, el Soviet Supremo de la URSS, los Soviets Supremos de las repúblicas de la Unión, y los órganos supremos del poder estatal de la república separada crearon comisiones de conciliación para el periodo transitorio.

Artículo 12. En el período transitorio el Consejo de Ministros de la URSS, con la participación del gobierno de la república separada, prepara propuestas sobre cuestiones relativas a la frontera estatal de la URSS y también a las instalaciones y unidades militares de las Fuerzas Armadas de la URSS en el territorio de la república secesionista y las somete al examen del presidente de la URSS y del Soviet Supremo de la URSS, tras lo cual pasan al examen del Congreso de los Diputados del Pueblo de la URSS.

Artículo 13. La república secesionista debe observar los principios y normas generalmente reconocidos del derecho internacional, así como los derechos humanos y las libertades consagrados en los tratados internacionales de los que la URSS es parte. La cuestión de la participación de la república secesionista en los tratados multilaterales celebrados por la URSS que están abiertos a la adhesión se resuelve según las normas estipuladas por el tratado correspondiente. Los tratados multilaterales y bilaterales concluidos por la URSS y en vigor en el momento de la secesión de una república de la Unión de la URSS continúan aplicándose a la república secesionista a menos que se llegue a un acuerdo en contrario.

El Consejo de Ministros de la URSS, tras examinar y resolver todas las cuestiones relacionadas con la participación de la URSS en tratados internacionales en el contexto de la secesión de una república de la Unión, presenta sus conclusiones al presidente de la URSS y al Soviet Supremo de la URSS.

Artículo 14. En el período transitorio, el Consejo de Ministros de la URSS y los órganos de la administración estatal de la Unión y de las repúblicas autónomas y formaciones autónomas, conjuntamente con el gobierno de la república secesionista, examinan y resuelven las cuestiones de la propiedad y de las liquidaciones materiales y financieras.

En las relaciones entre la república secesionista, por un lado, y la URSS, así como las demás repúblicas de la Unión, repúblicas autónomas, formaciones autónomas y los grupos étnicos mencionados en la parte 2 del artículo 3 de la presente ley, por otra, en el período transitorio deberán resolverse las siguientes cuestiones:

  1. El destino de las instalaciones de propiedad de toda la Unión … que se encuentran en territorio de la República, así como los bienes de las organizaciones sociales de toda la Unión, debe ser decidido;
  2. Deben regularse los acuerdos financieros y crediticios entre la república secesionista y la URSS y las relaciones entre los bancos;
  3. Deben regularse las relaciones patrimoniales y de crédito financiero de la república en cuestión con otras repúblicas de la Unión y también con repúblicas autónomas y formaciones autónomas;
  4. Debe definirse el procedimiento para el cumplimiento por parte de las empresas y organizaciones de la república secesionista de los compromisos contractuales preexistentes con respecto a empresas y organizaciones situadas en el territorio de otras repúblicas de la Unión, así como de repúblicas autónomas y formaciones autónomas;
  5. Debe definirse el estatuto jurídico y las formas de liquidación de cuentas de las empresas mixtas o sucursales de empresas organizadas sobre la base de la propiedad de toda la Unión o de la propiedad de otras repúblicas de la Unión, así como de las repúblicas autónomas y formaciones autónomas;
  6. Debe acordarse un procedimiento de liquidación de cuentas con otras organizaciones estatales e internacionales en relación con los créditos y préstamos recibidos para la construcción de instalaciones en el territorio de la república secesionista o la satisfacción de las necesidades de dicha república y su población, y también en relación con la parte correspondiente de los créditos y préstamos gastados en compras y programas a escala de la Unión de los que se haya beneficiado la república secesionista
  7. Debe acordarse el estatuto de los territorios que no pertenecían a la república secesionista en el momento de su ingreso en la URSS;
  8. Debe acordarse el estatus de los territorios densamente poblados por los grupos étnicos mencionados en la parte 2 del artículo 3 de la presente ley, teniendo en cuenta los resultados de la expresión de su voluntad en el referéndum.
  9. Garantías de mantenimiento de los monumentos históricos y culturales, y lugares de enterramiento en el territorio de la república secesionista deben ser aseguradas;
  10. Deben resolverse otras cuestiones que requieran un acuerdo mutuo.

Artículo 15. Los ciudadanos de la URSS que viven en el territorio de la república secesionista tienen el derecho a elegir su ciudadanía y su lugar de residencia y trabajo. La república secesionista paga una indemnización por todos los gastos ocasionados por el reasentamiento de los ciudadanos fuera de la república.

Artículo 16. De conformidad con los principios y normas universalmente reconocidos de derecho internacional y los compromisos internacionales contraídos por la URSS, la república garantiza los derechos cívicos, políticos, sociales, económicos, culturales y de otro tipo de los ciudadanos de la URSS que permanecen residentes en su territorio sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, convicciones políticas y de otro tipo, origen nacional y social, situación económica y lugar o fecha de nacimiento. [ … ]

Artículo 19. Durante el último año del período transitorio, a iniciativa del órgano supremo del poder estatal de la república secesionista, podrá repetirse una vez el referéndum sobre la cuestión de la confirmación de la decisión sobre la secesión de la república de la Unión de la URSS. La repetición del referéndum es obligatoria si así lo solicita una décima parte de los ciudadanos de la URSS que residan permanentemente en el territorio de la república y tengan derecho a voto según la legislación de la URSS.

En caso de que menos de dos tercios de los ciudadanos de la URSS con residencia permanente en el territorio de la república en el momento de plantearse la cuestión de la repetición del referéndum y con derecho a voto según la legislación de la URSS voten a favor de la confirmación de la decisión sobre la secesión de la república de la Unión, la decisión sobre la secesión de la república de la Unión de la URSS se considera derogada y los procedimientos previstos por la presente ley se dan por terminados.

Artículo 20. Al final del período transitorio o antes, si las cuestiones previstas por la presente ley se resuelven antes de lo previsto, el Soviet Supremo de la URSS convoca un Congreso de los Diputados del Pueblo de la URSS para adoptar una decisión que confirme la conclusión del proceso de coordinación de los intereses y satisfacción de las reivindicaciones de la república secesionista, por una parte, y de la URSS, las repúblicas de la Unión o las repúblicas autónomas, las formaciones autónomas y los grupos étnicos mencionados en la parte 2 del artículo 3 de la presente ley, por otra.

Desde el momento de la adopción de tal decisión por el Congreso de los Diputados del Pueblo de la URSS, la secesión de la república de la Unión de la URSS se considera consumada y los diputados del pueblo de la URSS de la república, que se ha separado, pierden sus poderes.